Sistema General de Pensiones


family-1432936_1920.jpg

publicado el: 28-02-2022

El objeto de este sistema busca brindar a cada uno de los habitantes protección durante el periodo de la vejez, la invalidez y muerte, a través de un reconocimiento de pensión y prestaciones designadas por la Ley.

Este sistema se aplica a todos los habitantes del territorio, respetando sus derechos, garantías, servicios y beneficios adquiridos, conforme a normativas anteriores y quienes a la fecha de vigencia de la ley 797 de 2003 del 29 de enero cumplan con los requisitos para acceder a una pensión, ya sea por vejez, invalidez y jubilación.

Características.

·         Obligación obligatoria para todos los trabajadores dependientes e independientes.

·         La selección del fondo de pensión es libre y voluntaria.

·         El afiliado tendrá derecho al reconocimiento de su pensión.

·         Obligación a efectuar los aportes mensuales.

·         Una vez se elija el fondo de pensión, el usuario podrá trasladarse cuando cumpla 5 años de estar cotizando en este.

·         Para reconocer la pensión se tendrá en cuenta la suma de las semanas cotizadas.

·         El fondo de solidaridad está destinado para aquellas personas que no tienen acceso a la seguridad social como trabajadores independientes, deportistas, madres comunitarias y discapacitados.

·         Los fondos de pensión son vigilados por la Superfinanciera.

·         Los recursos allí depositados pertenecen a los afiliados más no al Estado.

·         Es responsabilidad del Estado la dirección, coordinación y control, del sistema general de pensiones.

·         Cuando el afiliado no cumpla con los requisitos para acceder a este derecho se le devolverá el saldo.

·         Si el afiliado se encuentra en múltiple afiliación deberá elegir el régimen al cual desea estar vinculado.

 

Después de radicar la solicitud de prestaciones económicas ¿En cuanto tiempo se obtiene la respuesta?

 

Una vez radicada la petición tendrá respuesta en determinado tiempo de acuerdo a su solicitud:



Referencia

Seguridad y Pensión

Legis Editores

Solicitud

Tiempo de respuesta

Pensión de vejez e invalidez

4 meses

Indemnización sustitutiva de la pensión de vejez e invalidez

Re liquidación o reajuste de la pensión

Auxilio funerario.

Pensión de sobrevivientes.

2 meses

Recursos de reposición y apelación.


Comentarios