¿Qué se considera novedades en el Plan Obligatorio de Salud – POS?


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publicado el: 28-02-2022

    ¿Qué es una novedad?

Es un cambio, o actualización de datos que los usuarios afiliados, realizan en la entidad correspondiente, con el fin que la información allí registrada sea veraz.

¿Qué se considera una novedad?

Se entiende por novedad las siguientes circunstancias.

·         Actualización del tipo de documento ej: pasar de tarjeta de identidad a cédula de ciudadanía.

·         Actualización de nombres.

·         Corrección de apellidos.

·         Actualización de dirección de residencia y teléfono.

·         Fallecimiento del usuario

·         Cambio de sexo.

·         Inconsistencia en el documento de identidad

·         Cambio de régimen subsidiado a contributivo.

¿Qué responsabilidad tiene el empleador frente a las novedades de seguridad social?

El empleador es responsable de:

·         Reportar las novedades que se presenten en su entidad, como es el caso de afiliar a sus nuevos trabajadores y desafilar a los que ya no laboren allí.

·         Si el trabajador no le manifiesta al empleador, el nombre de una entidad a la cual desee inscribirse corresponderá al empleador efectuar la inscripción, registrar tal circunstancia y el Sistema de Afiliación Transaccional asignara la EPS en el cual quedara inscrito.

·         Durante el periodo que el empleador no afilie al trabajador a la seguridad social, serán de cargo del empleador las prestaciones económicas y los servicios de salud a los que tenga derecho el trabajador y núcleo familiar, durante el tiempo que transcurra la vinculación laboral y el registro de la novedad.

Ejemplo: La empresa CUPID SLEEP SAS, vincula en sus instalaciones, a él señor Juan Rodríguez para que preste sus servicios como operario de maquina plana.

La empresa en el momento de su vinculación debe realizar la afiliación a Seguridad Social, la cual debe ser reportada como novedad al sistema de afiliación, esta la realizara a través de la planilla integrada de liquidación de aportes.

¿Qué responsabilidad tiene el trabajador frente a las novedades de seguridad social?

El trabador es el responsable de reportar a la entidad que se encuentre afiliado, las diferentes novedades de su núcleo familiar, entre estas encontramos:

·         El traslado de régimen subsidiado a régimen contributivo.

·         Inclusión o exclusión de beneficiarios.

·         Actualización de datos.

Ejemplo:

·         La señora Nadia Lopera, tiene su hijo de 19 años afiliado como beneficiario, él se encuentra desempleado y tiene una bebe de 2 años, la cual no se encuentra afiliada a ninguna EPS y Nadia la quiere afiliar como beneficiara que debe hacer.

R/ta: La novedad de incluir un nuevo beneficiario a su núcleo familiar, es deber de la señora Nadia, ella es la que tiene que reportar a su EPS la nueva integrante de su núcleo familiar.

·         El señor Pablo Guzmán, tiene una hija de 20 años, la cual no se encuentra afiliada a la EPS, puede el señor Pablo Afiliar a su hija.

R/TA  El señor Pablo Guzmán, puede reportar la novedad de afiliación de su hija, esto debido a que ahora podrán permanecer afiliados los hijos menores de (25) veinte cinco años que dependan económicamente del cotizante sin que sea necesario acreditar la calidad de estudiante

 

Como realizar la inscripción de beneficiarios

1.       El cotizante deberá diligenciar el formulario Único de Afiliación y registro de novedades.

2.       Presentación del documento que acredite la calidad de beneficiario.

Que Documentos Acreditan la condición de beneficiario.

Tipo de beneficiario

Documento soporte

Cónyuge

Registro civil de matrimonio

Compañero o compañera Permanente

Declaración de unión marital.

Hijos, padres o parientes

Registro civil que corresponda

Hijo adoptivo

Certificado de adopción.

 

 

 

¿Como opera el reporte de novedades para trabajador independiente?

Los afiliados son los responsables de realizar su afiliación y de notificar cada una de las novedades correspondientes a su grupo familiar.

Cuando el trabajador independiente no desea seguir cotizando al sistema de seguridad social, deberá dar aviso de la novedad de retiro, durante los (5) cinco primeros días de cada mes.


Elaborado por: Isabel López Molina 

 

 


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