Contrato de aprendizaje


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publicado el: 28-02-2022

Es el desarrollo teórico practico, que una persona ejerce en una entidad autorizada, donde esta le suministra los medios y de esta manera obtiene formación profesional requerida en determinado oficio, actitud u ocupación.

Tiempo de duración de un contrato de aprendizaje.

El tiempo de duración no podrá exceder los dos (2) años.

Elementos del contrato de trabajo de aprendizaje:

1.      Facilitar formación.

2.      Subordinación exclusiva a las actividades de aprendizaje.

3.      La formación se recibe a título personal.

4.      Apoyo de sostenimiento mensual.

¿A que % corresponde el apoyo de sostenimiento mensual del aprendiz?

La empresa deberá cancelarle mensualmente al aprendiz, un apoyo de sostenimiento, el cual no constituye salario. Este es proporcionado con el fin de garantizar al estudiante el proceso de aprendizaje y su valor varía según la etapa, esta puede ser lectiva o productiva.

Etapa Lectiva: hace referencia a la etapa en la que el estudiante, está obteniendo conocimiento en determinada labor o profesión. Durante esta etapa el apoyo sostenible será el equivalente al 50% de un salario mínimo mensual legal vigente.

Etapa practica: hace referencia al periodo en que el estudiante desempeña una actividad determinada en la empresa. El apoyo de sostenimiento será mínimo del 75% del SMMLV. Si el aprendiz es universitario el apoyo no podrá ser inferior a (1) un SMMLV.

Afiliaciones a las que tiene derecho.

·         El aprendiz debe estar afiliado durante la etapa practica a ARL y esta la cubre en su totalidad la empresa.

·         El aprendiz estar cubierto por el Sistema de Seguridad Social en Salud, durante la etapa lectiva y práctica, está siendo paga totalmente por el empleador.

¿Qué empresas están obligadas a vincular aprendices?

Estas empresas son:

·         Empresas privadas donde se desarrolle todo tipo de actividad diferente de la construcción. Estas entidades deberán contar con un numero no inferior a (15) trabajadores.

·         Las empresas industriales y comerciales del estado, de economía mixta, están obligadas a contratar aprendices.

·         Cuando la empresa cuenta con menos de (10) trabajadores podrán voluntariamente obtener un aprendiz sena.


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