publicado el: 28-02-2022
Ingresos Laborales
Los ingresos laborales son todos aquellos que el trabajador
recibe por prestar sus servicios a una persona natural o jurídica, bajo una continuada
dependencia y subordinación.
Para determinar si los pagos son laborales se debe tener en
cuenta las siguientes características.
·
Prestación de servicio desempeñado personalmente
por él trabajador.
·
Cumplimiento de horario y órdenes del empleador.
·
Salario como retribución del servicio prestado
por el trabajador.
Pagos originados de
la relación laboral:
·
Sueldo
·
Horas extras.
·
Recargos nocturnos
·
Comisiones
·
Bonificaciones
·
Prima de servicios
·
Prima extralegal.
·
Indemnizaciones por despido injustificado.
Ingresos que no se
encuentran sometidos a retención en la fuente
Según lo establecido en el articulo 206 del Estatuto
Tributario las rentas de trabajo exentas de retención son:
·
Indemnizaciones por accidentes laborales o
enfermedad.
·
Indemnización por maternidad.
·
Auxilio de cesantías e intereses de cesantías,
siempre y cuando sean recibidos por los trabajadores y cuyo ingreso mensual
promedio en los últimos seis meses de vinculación laboral no exceda 350 UVT.
·
Las pensiones de jubilación, invalidez, vejez,
estas son exentas hasta la parte mensual del pago que no exceda 1000 UVT
·
Indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o
las devoluciones de saldos de ahorro pensional. El valor exonerado del impuesto
será el que resulte de multiplicar 1000 UVT.
Referencia:
Estatuto Tributario Articulo 205-386-387