publicado el: 28-02-2022
Con
la ley de financiamiento 1943 de 2018 se elimina la expresión régimen común por
la expresión RESPONSABLE DE IVA y régimen simplificado por NO RESPONSABLE DE
IVA (VER
ARTÍCULO 18)
Artículo
18. Elimínense todas las referencias al régimen simplificado del impuesto a las
ventas y del impuesto nacional al consumo. Las normas que se refieran al
régimen común y al régimen simplificado se entenderán referidas al régimen de
responsabilidad del impuesto sobre las ventas -IVA.
Ventas
bajo NIIF
Cuando
realizamos una venta, esto para la empresa representa un ingreso que bajo la
norma NIIF para Pymes está
clasificada en la SECCIÓN 23. INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS
Esta sección la debemos aplicar
cuando ocurran las siguientes transacciones:
- Venta de bienes (el vendedor reconoce los ingresos
cuando los bienes son entregados al comprador)
- La prestación de un servicio (el vendedor reconocerá el ingreso
por servicios después de que estos se hallan prestado)
- Los contratos de construcción
cuando la entidad es contratista
Inventarios
bajo NIIF
Bajo norma
NIIF para Pymes se encuentra en la SECCIÓN
13. INVENTARIOS, estos son activos:
- Mantenidos para la venta en el
curso normal de las operaciones.
- En proceso de producción con vista
a la venta.
- En forma de materiales o
suministros.
Esta sección aplica para todos los
inventarios excepto:
- Las obras en progresos, que surgen
de contratos de construcción.
- Los instrumentos financieros.
- Los activos biológicos, relacionados con la actividad agrícola y productos agrícolas.
La manera
más fácil de entenderlo será a través de un ejemplo:
Ejercicio:
La
empresa Global SAS inscrita en el régimen común, responsable del IVA y cuya
tarifa de autorretención de renta 0.40% dedicada al comercio por menor de
prendas de vestir y calzado vende el
15 de enero de 2019 a la señora Diana Cifuentes, régimen simplificado, camisas
y pantalones por valor de $ 1.800.000 pagos de contado. Ambas entidades manejan
inventario permanente.
Desarrollo del ejercicio:
Tips a tener en cuenta:
- El que retiene es el que compra
- El régimen simplificado NO le retiene a ningún régimen.
- El régimen común al régimen
simplificado le factura el IVA 19%.
- En el momento del pago el régimen
común recibirá el pago por el valor total de la factura.
Tabla de retenciónen la fuente 2019 y mecánica entre regímenes.
Aprende las distintas mecánicas de retención entre regímenes gracias a nuestra herramienta.
CONTABILIZACIÓN VENDEDOR
CUENTA |
CONCEPTO |
DÉBITO |
CRÉDITO |
4135 |
Ingreso
de actividades ordinarias |
1.800.000 |
|
240801 |
Iva
generado |
342.000 |
|
1305 |
Deudores
Clientes |
2.142.000 |
|
135595
*1 |
Autorretención
Renta |
7.200 |
|
236575 |
Autorretenciones |
7.200 |
|
6135 *2 |
Costo
de ventas |
1.080.000 |
|
1435 |
Inventario |
1.080.000 |
CONTABILIZACIÓN COMPRADOR
CUENTA |
CONCEPTO |
DÉBITO |
CRÉDITO |
1435 *3 |
Inventario |
2.142.000 |
|
2205 |
Proveedores |
2.142.000 |
a) Establecimientos permanentes, entidades del exterior y personas jurídicas extranjeras o sin residencia.
b) Que sean exonerados del pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud y del pago a aportes Parafiscales (SENA, ICBF)
La tarifas que se deben aplicar según la actividad son: 0.40% 0.80% y 1.6%
*2 Costos de venta. Este costo tiene que ver con el nivel de producción de la compañía, bajo norma NIIF se identifica como un gasto de ventas. Para el señor (Bravo.Oscar,2005) un costo es un egreso en que se incurre en forma directa o indirecta por la adquisición de un bien o en su producción.
*3 Para el régimen simplificado el IVA que le cobra el régimen común, será llevado a mayor valor de la compra de sus inventarios.
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