Retención en la Fuente


Retención en la Fuente

publicado el: 28-02-2022

Es un mecanismo anticipado del impuesto de la renta y complementarios, donde el estado ya no debe esperar un año, para realizar el respectivo recaudo, sino que este se realizara cada mes y de esta manera contar con un flujo de efectivo mensual. La retención en la fuente es un mecanismo, en donde se obliga al que realiza un pago a retener el porcentaje señalado por la Ley, y luego ser consignado a favor del Estado.

¿A quien se le practica la retención?

Esta se le debe practicar a la persona que vende el producto o presta un servicio, en otras palabras, se le practica a la persona que recibe el pago.

¿Quiénes son los agentes retenedores?

Todas aquellas personas naturales o jurídicas enumeradas en el artículo 368, 368-2 del estatuto tributario.

Art. 368. Quienes son agentes de retención.

Son agentes de retención o de percepción, las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas, las uniones temporales y las demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho, que por sus funciones intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa disposición legal, efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente.

Art. 368-2. Personas naturales que son agentes de retención.

 Las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que en el año inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a 30.000 UVT

¿Qué obligaciones tiene el agente retenedor?

La obligación del agente retenedor es:

·         Practicar la retención del impuesto.

·         Realizar el respectivo pago, según sea el plazo que señale el Gobierno Nacional.

·         Expedir el respectivo certificado de retención.

·         Presentar la declaración y realizar los pagos.

¿Qué es la autorretención?

Es la misma retención en la fuente, con los mismos porcentajes asignados por el gobierno nacional, pero para este caso la práctica es la persona que vende o presta el servicio, NO el que compra.

 

¿Cuál es la base para practicar la retención en la fuente?

La base para practicar la retención es la asignada por el Gobierno Nacional y esta depende del servicio que prestes.

 

¿Quién es autorretenedor?

Es la persona que presenta la solicitud ante la DIAN, donde se le asigna una resolución para pertenecer a este grupo. Esta es solicitada por las personas jurídicas que cuentan con un gran numero de ventas a las cuales se les practica retención. Según lo establecido en el Decreto 2509 de 1985 art 3.

 

Ejemplo practico de retención en la fuente.

La empresa Kokoderma SAS régimen común. compra mercancía por valor de $1.200.000 más IVA a la empresa la Bodega SAS régimen común.

CONTABILIZACIÓN VENDEDOR

CUENTA

CONCEPTO

DÉBITO

CRÉDITO

4135

Ingreso

1.200.000

240801

Iva generado

228.000

135515

Anticipo renta

30.000

135518

Anticipo ICA

13.248

1305

Clientes

1.384.752

135595

Autorretención Renta

4.800

236575

Autorrerenciones

4.800

6135

Costo de ventas

720.000

1435

Inventario

720.000

                                                                                                                                     CONTABILIZACIÓN COMPRADOR

CUENTA

CONCEPTO

DÉBITO

CRÉDITO

1435

Inventario

1.200.000

240802

Iva descontable

228.000

236540

Retención por compras (2.5%)

30.000

2368

Rete ICA

13.248

2205

Proveedores

1.384.752

 


Ejemplo de retención en la fuente con vendedor autorretenedor.

La empresa Kokoderma SAS régimen común, compra mercancía por valor de $1.050.000 a Industrias Plásticas Gran contribuyente Autorretenedor.

CONTABILIZACIÓN VENDEDOR

CUENTA

CONCEPTO

DÉBITO

CRÉDITO

4135

Ingreso

1.050.000

240801

Iva generado

199.500

135515

Anticipo renta

26.250

1305

Clientes

1.249.500

135595

Autorretención Renta

4.200

236575

Autorrerenciones

30.450

6135

Costo de ventas

630.000

1435

Inventario

630.000

CONTABILIZACIÓN COMPRADOR

CUENTA

CONCEPTO

DÉBITO

CRÉDITO

1435

Inventario

1.050.000

240802

Iva descontable

199.500

2205

Proveedores

1.249.500

 

 

Bibliográfica:

Cadavid,L. (2014).Fundamentos de derecho comercial, tributario y Contable.Bogota:McGraw Hill.

 

Elaborado por:

Isabel López Molina.

 

 

 


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