publicado el: 28-02-2022
Es un mecanismo anticipado del impuesto de la renta y
complementarios, donde el estado ya no debe esperar un año, para realizar el
respectivo recaudo, sino que este se realizara cada mes y de esta manera contar
con un flujo de efectivo mensual. La retención en la fuente es un mecanismo, en
donde se obliga al que realiza un pago a retener el porcentaje señalado por la
Ley, y luego ser consignado a favor del Estado.
¿A
quien se le practica la retención?
Esta se le debe practicar a la persona que vende el
producto o presta un servicio, en otras palabras, se le practica a la persona
que recibe el pago.
¿Quiénes
son los agentes retenedores?
Todas aquellas personas naturales o jurídicas
enumeradas en el artículo 368, 368-2 del estatuto tributario.
Art. 368. Quienes son agentes de retención.
Son agentes de
retención o de percepción, las entidades de derecho público, los fondos de
inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e
invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas, las uniones temporales
y las demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades
de hecho, que por sus funciones intervengan en actos u operaciones en los
cuales deben, por expresa disposición legal, efectuar la retención o percepción
del tributo correspondiente.
Art. 368-2. Personas naturales que son agentes de retención.
Las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes
y que en el año inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos
ingresos brutos superiores a 30.000 UVT
¿Qué obligaciones tiene el agente retenedor?
La obligación del agente
retenedor es:
·
Practicar la retención del impuesto.
·
Realizar el respectivo pago, según sea el plazo que señale el
Gobierno Nacional.
·
Expedir el respectivo certificado de retención.
·
Presentar la declaración y realizar los pagos.
¿Qué es la autorretención?
Es la misma retención en la
fuente, con los mismos porcentajes asignados por el gobierno nacional, pero
para este caso la práctica es la persona que vende o presta el servicio, NO el que
compra.
¿Cuál es la base para practicar la retención en la fuente?
La base para practicar la retención
es la asignada por el Gobierno Nacional y esta depende del servicio que
prestes.
¿Quién es autorretenedor?
Es la persona que presenta
la solicitud ante la DIAN, donde se le asigna una resolución para pertenecer a
este grupo. Esta es solicitada por las personas jurídicas que cuentan con un
gran numero de ventas a las cuales se les practica retención. Según lo establecido
en el Decreto 2509 de 1985 art 3.
Ejemplo
practico de retención en la fuente.
La empresa Kokoderma SAS régimen común. compra
mercancía por valor de $1.200.000 más IVA a la empresa la Bodega SAS régimen
común.
CONTABILIZACIÓN VENDEDOR
CUENTA |
CONCEPTO |
DÉBITO |
CRÉDITO |
4135 |
Ingreso |
1.200.000 |
|
240801 |
Iva
generado |
228.000 |
|
135515 |
Anticipo
renta |
30.000 |
|
135518 |
Anticipo
ICA |
13.248 |
|
1305 |
Clientes |
1.384.752 |
|
135595 |
Autorretención
Renta |
4.800 |
|
236575 |
Autorrerenciones |
4.800 |
|
6135 |
Costo
de ventas |
720.000 |
|
1435 |
Inventario |
720.000 |
CUENTA |
CONCEPTO |
DÉBITO |
CRÉDITO |
1435 |
Inventario |
1.200.000 |
|
240802 |
Iva
descontable |
228.000 |
|
236540 |
Retención
por compras (2.5%) |
30.000 |
|
2368 |
Rete
ICA |
13.248 |
|
2205 |
Proveedores |
1.384.752 |
Ejemplo
de retención en la fuente con vendedor autorretenedor.
La
empresa Kokoderma SAS régimen común, compra mercancía por valor de $1.050.000 a
Industrias Plásticas Gran contribuyente Autorretenedor.
CONTABILIZACIÓN VENDEDOR
CUENTA |
CONCEPTO |
DÉBITO |
CRÉDITO |
4135 |
Ingreso |
1.050.000 |
|
240801 |
Iva
generado |
199.500 |
|
135515 |
Anticipo
renta |
26.250 |
|
1305 |
Clientes |
1.249.500 |
|
135595 |
Autorretención
Renta |
4.200 |
|
236575 |
Autorrerenciones |
30.450 |
|
6135 |
Costo
de ventas |
630.000 |
|
1435 |
Inventario |
630.000 |
CONTABILIZACIÓN COMPRADOR
CUENTA |
CONCEPTO |
DÉBITO |
CRÉDITO |
1435 |
Inventario |
1.050.000 |
|
240802 |
Iva
descontable |
199.500 |
|
2205 |
Proveedores |
1.249.500 |
Bibliográfica:
Cadavid,L. (2014).Fundamentos
de derecho comercial, tributario y Contable.Bogota:McGraw Hill.
Elaborado por:
Isabel López Molina.