publicado el: 28-02-2022
Según lo establecido en el
Código Sustantivo de Trabajo capítulo IV Art 37, el contrato de trabajo puede
ser verbal o escrito.
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Contrato
verbal: Cuando este sea verbal el trabajador y el empleador
deberán ponerse de acuerdo en los siguientes puntos.
1. Cuál será
la labor por realizar y el sitio donde esta se llevará a cabo.
2. Cuantía
y forma de remuneración. Esta se establecerá por unidad de tiempo, obra, tarea
ejecutada o destajo, además se determinarán los periodos de pago.
3. Duración
del contrato.
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Contrato
escrito: Este documento debe ser firmado por el empleador y
trabajador, y contener las siguientes clausulas.
1. Identificación
y domicilio del trabajador y empleador.
2. Lugar
y fecha de celebración del contrato de trabajo.
3. Lugar donde se prestará el servicio
4. Naturaleza del trabajo
5. Cuantía de la remuneración
6. Forma y periodos de pago
7. Estimación del valor en caso de que haya suministro de
habitación o alimentación como parte del salario
8. Duración del contrato de trabajo