Modalidades de Contrato de trabajo


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publicado el: 28-02-2022

    Según lo establecido en el Código Sustantivo de Trabajo capítulo IV Art 37, el contrato de trabajo puede ser verbal o escrito.

·        Contrato verbal: Cuando este sea verbal el trabajador y el empleador deberán ponerse de acuerdo en los siguientes puntos.

1.   Cuál será la labor por realizar y el sitio donde esta se llevará a cabo.

2.   Cuantía y forma de remuneración. Esta se establecerá por unidad de tiempo, obra, tarea ejecutada o destajo, además se determinarán los periodos de pago.

3.   Duración del contrato.

 

·        Contrato escrito: Este documento debe ser firmado por el empleador y trabajador, y contener las siguientes clausulas.

1.   Identificación y domicilio del trabajador y empleador.

2.   Lugar y fecha de celebración del contrato de trabajo.

3.   Lugar donde se prestará el servicio

4.   Naturaleza del trabajo

5.   Cuantía de la remuneración

6.   Forma y periodos de pago

7.   Estimación del valor en caso de que haya suministro de habitación o alimentación como parte del salario

8.   Duración del contrato de trabajo

 


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