publicado el: 28-02-2022
Es un
gravamen que recae sobre los bienes corporales, muebles y servicios, de
naturaleza indirecta, bajo la modalidad de valor agregado, que lo deben
liquidar y cobrar todos los comerciantes, productores y prestadores de
servicios. ¿Quién es el Sujeto Activo?:
El sujeto activo del IVA es el Estado colombiano y es recaudado a través de la
DIAN (Dirección de Impuestos Nacionales)
¿Quién es el Sujeto Pasivo? Es el responsable del recaudo del
impuesto, actúa como recaudador y debe cumplir con las obligaciones que le
impone el Estado. Ejemplo: Presentar la declaración y pagar.
Hechos que generan el impuesto
sobre las ventas
a.
Venta
de bienes y servicios
b.
Prestación
de servicios en el territorio nacional con excepción de los excluidos.
Clasificación del IVA
·
Bienes Gravados: Son todos aquellos bienes y
servicios que causan el impuesto:
·
Bienes excluidos: Son aquellos que por disposición de
la Ley no causan el IVA
·
Bienes exentos:
Son aquellos que se encuentran gravados con una tarifa 0, estos son los
mencionados en el articulo 477 del Estatuto Tributario.
Ejemplo: Carne de animales
de la especie bovina, congelada, Pollitos de un día de nacidos, Pescado fresco
o refrigerado, Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni
otro edulcorante, Queso fresco (sin madurar), Huevos frescos de gallina
entre otros.
¿Quién
es el responsable del impuesto de IVA?
·
En el momento que se realiza una venta, el responsable de esta es
el comerciante.
·
Cuando una entidad presta un servicio, es responsable del IVA la
entidad prestadora del servicio.
¿Cuál es la
base gravable para liquidar el IVA?
Es el valor sobre el cual se aplica
la tarifa correspondiente al impuesto de ventas.
La base gravable es el valor del
producto o servicio, incluyendo en este valor todos los gastos directos y
complementarios. Ejemplo la financiación, seguros, instalación, entre otros.
¿Cuáles son
los plazos para presentar el IVA?
El impuesto al valor agregado IVA
se debe presentar de forma bimestral o cuatrimestral según lo establecido en el
decreto 2442 de 2018, Donde indica:
Lo presentaran Bimestral mente los grandes contribuyentes, personas jurídicas y
naturales, cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre de 2018 sean iguales o
superiores a 92.000 UVT (hay que tener en cuenta el valor de la UVT correspondiente
al 2018)
Y Cuatrimestral mente presentaran el IVA las personas naturales y
jurídica cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre de 2018 sea inferior a 92.000
UVT.
¿Como
determinar el valor a cancelar del impuesto de IVA?
Cuando una entidad realiza una venta
o presta un servicio, el impuesto se halla por la diferencia entre el impuesto
generado por las operaciones gravadas y el impuesto descontable generado por
las compras.
Ejemplo:
La empresa Kokoderma SAS, realiza
compras por valor de $5.000.000, más un IVA de $950.000, paga un arriendo por
valor de $1.000.000, más un IVA de $190.000, genera ventas de $6.500.000 más
IVA de $1.235.000. Generar el impuesto a presentar y pagar.
Ventas |
IVA Generado |
$ 6.500.000 |
$ 1.235.000 |
Total IVA generado |
$ 1.235.000 |
Compras |
IVA descontable |
$ 5.000.000 |
$ 950.000 |
Arrendamientos |
|
$ 1.000.000 |
$ 190.000 |
Total IVA descontable |
$ 1.140.000 |
Total IVA a cancelar |
$ 95.000 |
Contabilización para cancelar las cuentas de IVA.
Cuenta |
Debito |
Crédito |
IVA Generado |
$
1.235.000 |
|
Iva Descontable |
|
$ 1.140.000 |
IVA a pagar - Bancos |
|
$ 95.000 |