Causas y consecuencias que surgen de la mora en el pago de las cotizaciones a salud de colaboradores dependientes.


Causas y consecuencias que surgen de la mora en el pago de las cotizaciones a salud de colaboradores dependientes.

publicado el: 28-02-2022

¿Cuáles son las consecuencias de el no pago de las cotizaciones a salud de los colaboradores dependientes?

Cuando el empleador no realiza el correspondiente pago por dos periodos consecutivos, la EPS suspenderá la afiliación y la prestación del servicio de salud.

Cuando esto sucede el empleador se hará cargo de los costos en servicio de salud que requiera el colaborador y su núcleo familiar, Sin este librarse del pago a las cotizaciones pendientes y los intereses de mora correspondientes.

El empleador a realizado el respectivo descuento al colaborador y este no ha efectuado el pago.

Según el artículo 43 de la Ley 789 de 2022 Estando vigente la relación laboral no se podrá desafiliar al trabajador ni a sus beneficiarios de los servicios de salud, cuando hubiera mediado la correspondiente retención de los recursos por parte del empleador y no hubiera procedido a su giro a la entidad promotora de salud. La EPS debe garantizar la prestación del servicio al trabajador y a su núcleo familiar según los tratamientos en curso.

Los costos en que se incurran por el no pago a los aportes estarán a cargo del empleador, para lo cual la EPS cubrirá los costos y repetirá contra el empleador.

En el caso que el empleador no haya aplicado el descuento al colaborador

Es una obligación del empleador realizar el respectivo descuento mes a mes y si este se encuentra en mora, La EPS donde se encuentre afiliado el trabajador no estará obligada a prestar el servicio, salvo que se trate de la atención a una gestante y a un menor de edad. En este caso los servicios que demande el trabajador y su núcleo familiar serán cubiertos por el empleador.

No se interrumpirá la prestación del servicio si el empleador llegase a un acuerdo de pago con la respectiva EPS.

¿Durante el periodo de suspensión que derechos son afectados?

No habrá lugar al reconocimiento económico de las incapacidades, licencia de maternidad y paternidad por parte de la EPS, en donde este pago recaerá en el empleador, salvo haya realizado un acuerdo de pago.

Consecuencias de la negación de la atención en salud, por el empleador estar en mora y este haber realizado el descuento al trabajador.

Cuando la EPS niegue el servicio, a pesar de que el trabajador haya demostrado que el empleador le realizo los respectivos descuentos, este deberá reportar a la Superintendencia Nacional de Salud, se deberá realizar en el formato de negación de servicios, por vía telefónica o medio por el cual disponga la entidad para reportar estos casos.

(Abece corregido - Ministerio de Salud y Protección Social. , s.f.)

(Díaz, 2019)

Referencias
Abece corregido - Ministerio de Salud y Protección Social. . (s.f.). Obtenido de Abece corregido - Ministerio de Salud y Protección Social. : https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abece-afiliacion-salud.pdf
Díaz, J. A. (2019). Seguridad Social y Pensiones. Legis Editores SA.
Isabel López Molina.


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