Ya habíamos hablado previamente que una parte de los aportes a seguridad social la paga el trabajador y otra parte los pagará el empleador, en este vídeo tutorial trataremos la liquidación por parte del empleador.
1. Liquidación de salud: al empleador le corresponde pagar el 8,5% del total de la nómina por dicho concepto. Sin embargo de acuerdo a la ley 1607 de 2012 existen algunas empresas que no deben pagar este porcentaje.
2. Liquidación de pensión: 12% debe liquidarlo y pagarlo el empleador.
3. ARL (Administradora de Riesgos Laborales): según tarifas emitidas por las ARLs, además debe ser asumido el 100% por el empleador.
4. Liquidación del aporte a caja de compensación: es un 4% del total de la nómina, sin embargo, como observación debemos considerar algunos beneficios que enmarca la ley 1429 de 2010. PERO OJO, se debe consultar si efectivamente aplicamos a esos beneficios por que algunas empresas que se constituyeron en ciertas fechas no pueden tener acceso a dichos beneficios.
5. Aporte a ICBF: es un 3% del total de la nómina, algunas empresas están exoneradas de este pago, ver ley 1607 de 2012.
6. Aporte a SENA: es un 2% del total de la nómina, algunas empresas están exoneradas de este pago, ver ley 1607 de 2012.
¿Debemos liquidar todo eso?, SI, y aún nos faltan las prestaciones sociales, que trataremos en próximo vídeo tutorial.
Entonces en resumen, hemos calculado el total devengado (en un vídeo anterior), luego las deducciones de nómina (lo que le retenemos al trabajador), ahora calculamos la parte de seguridad social integral que debe asumir el empleador y continuaremos con el cálculo de las prestaciones sociales.
¿Y qué se hace con los valores liquidados por parte del empleador?. Esa plática se pierde. NO, por supuesto que no, esos dineros van a sus respectivos destinatarios, usualmente de manera mensual en unas fechas específicas, es decir, esos aportes se pagan por medio de una planilla, la famosa PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes) y a partir de ahí se empieza a llevar a cabo la distribución, a la EPS lo que es de la EPS, a los fondos de pensiones lo que es de los fondos de pensiones y así para cada caso.
Más adelantico hablaremos de ese calendario para pago de aportes y también hablaremos un poquito de la PILA y todo eso.
Que disfruten el video que dejo a continuación, así se aclara un poco la cuestión.
Recuerden que pueden descargar la normatividad, enlaces, formatos y demás en la parte inferior de este artículo.
Vídeo: Liquidación de aportes por parte del empleador.
Planteamiento del Ejercicio:
NÓMINA
a. Liquidamos la nómina con las siguientes novedades:
Rosa Morales tuvo unas comisiones en ventas de 68.000
- Falto un día a laborar sin justa causa.
Gerardo Perez tuvo que trabajar horas extras ajustando el inventario así:
- 2 horas extra diurnas en un día ordinario.
- 3 horas extra nocturnas en un día ordinario.
- Establecemos el total Devengado.
b. Liquidamos las deducciones de la Nómina
c. Liquidamos los aportes por parte del Empleador
Video: Pagos de seguridad social del empleador
Material de descarga
Nombre del archivo | Tipo | Descargar | Archivo |
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IBC PARAFISCALES.pdf | |||
ley_1429_de_2010.pdf | |||
Nómina ALTERNA.xlsx | Excel | ||
Nómina.xlsx | Excel | ||
TALLER CONTABLE.pdf |